domingo, marzo 27, 2011

Law in books, Law in Practice


Cualquier persona que haya leído este blog sabe que, a más de ser un sano depósito de reflexiones relacionadas en más o en menos con el paso de una persona por la escuela de

leyes, es el emporio de la crítica a la enseñanza del derecho.

La forma en que se enseña el derecho me enoja, me preocupa y a veces me entristece. Más aun, sueño con ser la peleadora pero versión law student. Dudo que logre tener su talento, pero admito que la tengo como guía.

El nombre de este blog, de hecho, es una ironía que refleja el enojo primero: uno estudia para litigar, pues es eso lo que hace el abogado. Uno estudia para ser abogado. ¡Hey! Qué pasa con ese que en la primer clase se presentó y dijo que le gustaría estar del otro lado del mostrador; o aquél que preferiría dedicarse a la consultoría legal, o aquél que sólo sueña con entregarse a la academia, o a la investigación o al periodismo. Nah. Basta de boludeces: uno va a estudiar abogacía. Allí se aprende a ser abogado, manejar papeles, escritos, cédulas, clientes, pasillos, juzgados, estudios, corbatas y trajes, cafés, gomina y toda esa perorata. La media de un alumno de derecho es que estudia uno o dos añitos, espera entrar a un estudio jurídico para hacer procuración donde le van a pagar cual vietnamita que hace billeteras al ritmo de un bombo en negra, pero que, eso sí, logrará aprender “la posta” y aprenderá a manejarse en la “selva” que es donde las cosas realmente “pasan”. Después con los años, ser abogado en un estudio y luego pum. Independizarse.

El enojo no es que ello sea malo —de hecho es muy bueno para el estudiante— sino que sea lo único; que se forme la real conciencia de que sólo ESO es la facultad de derecho. Aterrador.

Toda facultad funciona porque tiene principios y visiones sobre la carrera que determinan toda su estructura: sus materias, la cantidad, complejidad, correlatividades, programas de contenidos, etc. Si se parte de un modelo trunco y vetusto del egresado, se está edificando el todo sobre un terreno viciado y endeble. En este caso el nombre mismo de la carrera es errado dado que apunta a sólo una de lasmuchas formas de interactuar con el derecho: la abogacía.

La investigación (estudiar, criticar y sistematizar al derecho), la docencia (enseñar el derecho), la magistratura (interpretar y aplicar el derecho) pasan a ser esas otras cosas —la excepción— que se pueden ser cuando uno no es abogado —la regla—, o lo hace entremedio de su práctica abogadil que a fin de cuentas “es lo que a uno le da de comer”.

Soy y seré defensor del título de “licenciado en derecho” por sobre el de “abogado”.

Law in practice

Como sea, dejando estas reflexiones que —como siempre digo y nunca hago— van a motivar otra entrada, tengo que hacer honor a la noción de blog y contar cosas que me han pasado recientemente, a modo de anécdota.

De todas esas cosas que se comentan en el underground mitológico que toda facultad tiene (esos comentarios que entre café y charla todos los estudiantes reproducimos), se suele decir que algo muy bueno es “entrar al poder judicial”.

Yo lo escuché una y otra vez y nuca supe bien qué era, pero claro, me parecía que no podía más que ser algo muy positivo. De todo lo que suelo llamar el law in books uno pasa a ver el law in practice (términos que leí en un paper cuyo autor ya ni recuerdo). Y la verdad que es así.

Uno puede entrar a trabajar allí por varias razones. A veces por sistemas de pasantías que se publican en algún pasillo de la facultad, otras veces por tener un conocido que te tira un centro, y otras veces por propias invitaciones que un docente le puede hacer a algún alumno que ve que sobresale en clase y muestra gran entusiasmo.

De igual manera, uno puede empezar haciendo todo tipo de tareas. Desde coser expedientes y pincharse los dedos con punzones, hasta atender la mesa de entradas, despachar cédulas, hacer fotocopias, y otras cosas de corte administrativo. También, con algo de suerte —y según me han dicho, comienza a ser cada vez más común— uno comienza con pequeños atrevimientos de relator

¿Qué es un relator?. Si quien lee este blog es lego, le va un puñetazo: los jueces no escriben todo lo que firman. Tienen un grupo de gente muy capacitada que lo ayuda a sobrellevar los miles de expedientes que tiene que resolver. Esto es, trabajan resolviendo casos para el juez, presentándoles “proyectos” de sentencia que el juez, obviamente, debe aprobar en todo sentido: redacción, gramática, contenido, decisión, justicia, todo. El juez es el que firma y es el responsable, por tanto, controla todo. El relator conoce al Juez, sabe cómo piensa, sabe qué forma de ver al derecho tiene, sabe qué escribirle.

El nombre de este blog, de hecho, es una ironía que refleja el enojo primero: uno estudia para litigar, pues es eso lo que hace el abogado. Uno estudia para ser abogado. ¡Hey! Qué pasa con ese que en la primer clase se presentó y dijo que le gustaría estar del otro lado del mostrador; o aquél que preferiría dedicarse a la consultoría legal, o aquél que sólo sueña con entregarse a la academia, o a la investigación o al periodismo. Nah. Basta de boludeces: uno va a estudiar abogacía. Allí se aprende a ser abogado, manejar papeles, escritos, cédulas, clientes, pasillos, juzgados, estudios, corbatas y trajes, cafés, gomina y toda esa perorata. La media de un alumno de derecho es que estudia uno o dos añitos, espera entrar a un estudio jurídico para hacer procuración donde le van a pagar cual vietnamita que hace billeteras al ritmo de un bombo en negra, pero que, eso sí, logrará aprender “la posta” y aprenderá a manejarse en la “selva” que es donde las cosas realmente “pasan”. Después con los años, ser abogado en un estudio y luego pum. Independizarse.

El enojo no es que ello sea malo —de hecho es muy bueno para el estudiante— sino que sea lo único; que se forme la real conciencia de que sólo ESO es la facultad de derecho. Aterrador.

Toda facultad funciona porque tiene principios y visiones sobre la carrera que determinan toda su estructura: sus materias, la cantidad, complejidad, correlatividades, programas de contenidos, etc. Si se parte de un modelo trunco y vetusto del egresado, se está edificando el todo sobre un terreno viciado y endeble. En este caso el nombre mismo de la carrera es errado dado que apunta a sólo una de lasmuchas formas de interactuar con el derecho: la abogacía.

La investigación (estudiar, criticar y sistematizar al derecho), la docencia (enseñar el derecho), la magistratura (interpretar y aplicar el derecho) pasan a ser esas otras cosas —la excepción— que se pueden ser cuando uno no es abogado —la regla—, o lo hace entremedio de su práctica abogadil que a fin de cuentas “es lo que a uno le da de comer”.

Soy y seré defensor del título de “licenciado en derecho” por sobre el de “abogado”.

Law in practice

Como sea, dejando estas reflexiones que —como siempre digo y nunca hago— van a motivar otra entrada, tengo que hacer honor a la noción de blog y contar cosas que me han pasado recientemente, a modo de anécdota.

De todas esas cosas que se comentan en el underground mitológico que toda facultad tiene (esos comentarios que entre café y charla todos los estudiantes reproducimos), se suele decir que algo muy bueno es “entrar al poder judicial”.

Yo lo escuché una y otra vez y nuca supe bien qué era, pero claro, me parecía que no podía más que ser algo muy positivo. De todo lo que suelo llamar el law in books uno pasa a ver el law in practice (términos que leí en un paper cuyo autor ya ni recuerdo). Y la verdad que es así.

Uno puede entrar a trabajar allí por varias razones. A veces por sistemas de pasantías que se publican en algún pasillo de la facultad, otras veces por tener un conocido que te tira un centro, y otras veces por propias invitaciones que un docente le puede hacer a algún alumno que ve que sobresale en clase y muestra gran entusiasmo.

De igual manera, uno puede empezar haciendo todo tipo de tareas. Desde coser expedientes y pincharse los dedos con punzones, hasta atender la mesa de entradas, despachar cédulas, hacer fotocopias, y otras cosas de corte administrativo. También, con algo de suerte —y según me han dicho, comienza a ser cada vez más común— uno comienza con pequeños atrevimientos de relator

¿Qué es un relator?. Si quien lee este blog es lego, le va un puñetazo: los jueces no escriben todo lo que firman. Tienen un grupo de gente muy capacitada que lo ayuda a sobrellevar los miles de expedientes que tiene que resolver. Esto es, trabajan resolviendo casos para el juez, presentándoles “proyectos” de sentencia que el juez, obviamente, debe aprobar en todo sentido: redacción, gramática, contenido, decisión, justicia, todo. El juez es el que firma y es el responsable, por tanto, controla todo. El relator conoce al Juez, sabe cómo piensa, sabe qué forma de ver al derecho tiene, sabe qué escribirle.

¿So?

La cuestión es que un día, mientras salía de dar clase (¡ay qué bonito suena!, en realidad es una ayudantía), un noimportaquién que trabaja en noimportadónde en un cargo noimportacuánalto me ofreció trabajar en el poder judicial (una alzada en materia de derecho privado).

Lógicamente acepté. Me sentí incómodo porque, a decir verdad, entre esa persona y yo hay un parentesco. Pucha —dije— lo hace por cierto imperio moral o de cordialidad. Aun así, y aclarándole que no tenía necesidad de invitarme a donde pudiera generarle molestias, accedí ante su insistencia. La verdad la idea era copada.

Cual Daniel Laruso en Karate Kid que aun no sabía ni encerar ni pulir, rápidamente despaché mail anoimportaquégurúdelosblogsjurídicos pidiendo some sort of advice al respecto.

Con su respuesta en mano y mucho nervio, me fui una tarde a tomar mate a lo de éste, mi pariente que me ofreció el trabajo, donde me explicó en qué lo podía ayudar.

El panorama no podía ser mejor: sus compañeros de trabajo eran tres. Uno, el hermano de un viejo amigo quien —sabía— es una excelente persona y ahora ya es amigo propio. Los otros dos, los únicos dos profesores de derecho civil que adoré con toda mi alma y que me hicieron enamorarme de la carrera. Esos en los que uno dice “sep, esto es lo mío”. Yo trabajando con ellos. ¡Ay!

Si bien me advirtieron sobre esos bemoles de la práctica jurídica novel, poco me importó. Entendí que la relación costo beneficio era muy buena y no merecía ser desperdiciada.

A este punto es menester aclarar otra cosa: uno entra en el Poder Judicial (al menos en la mayoría de las experiencias que me constan) sin ningún tipo de paga. No, no te pagan. Uno aparece en algún sistema de pasantía (depende de qué parte del país uno esté, claro) y después queda a merced de los famosos “nombramientos” que son como trenes fantasma que pasan de tanto en tanto; eso pueden ser seis meses o dos años. Nunca se sabe.

Antes que mi pariente siquiera diga “a” le di una fulminante aclaración que de no hacerla hubiera ofendido a la verdad: “no tengo idea de nada”. Mi promedio puede enorgullecerme un poquito, mis libros pueden ser varios, pero cuando de práctica se trata, cuando del deber ser uno se toma al bondi al mundo del expediente, las cosas son diferentes.

Toda esta diatriba sobre la falta de criterio en la enseñanza del derecho me pasaba mi primer factura. Estudié derechos reales pero jamás había visto un certificado de dominio, no sabía cómo se anotaba un embargo; sabía todo sobre la posesión, pero no sabía cómo ésta se prueba en casos reales; estudié civil parte general pero no había visto una escritura de una hipoteca; estudié procesal pero no vi una absolución de posiciones, la declaración de un testigo, una cédula de notificación rechazada, una interlocutoria, una providencia simple, una astreinte, una citación de tercero, una expresión de agravios, un recurso, no sé cómo es una audiencia; estudié contratos pero nunca me mostraron uno; supe siempre lo que era una cláusula abusiva pero nunca me enseñaron a descubrir una.

Aprendí de memoria lo que era un instrumento privado, pero no sabía reconocer qué de todos esos papeles se configura como tal; sé qué son los cuadernos de prueba pero jamás había visto uno; estudié muchísimo derecho comercial pero jamás vi una póliza de seguro; estudié derecho de familia pero jamás analicé un testamento.

Lo triste es que la lista podría seguir.

And then...

Ya pasaron seis meses —feria de por medio— de aquélla charla donde supe que lo que tenía que hacer era aprender. Las cuatro personas con las que trabajo me reconocieron el hecho de que estaba ahí para aprender. Y así fue; así es.

Primero dándole forma a los encabezados y formalidades de la sentencia. Luego, practicando en la redacción de los resultandos, haciendo el resumen de los agravios, etc. Todo paulatino. Cada palabra controlada por tres personas y un juez, lo cual me genera tranquilidad.

Finalmente con algo de irreverencia me atreví a hacer los resultandos y el proyecto completo. El resultado fue positivo: parece que lo hago bien y ya es a eso a lo que me dedico. Relatar y hacer proyectos que —por suerte, insisto y reitero— son controlados por varias personas. Debo estudiar mucho y sobre temas muy específicos. Probablemente aprendí tanto derecho en seis meses como lo hice en la facultad a lo largo de varios años. El trabajo es inmejorable; y no creo hacerlo mal.

O sea que...

La ley en los libros y la ley en la práctica no son dos cosas distintas, sino una realidad inescindible. El estudio científico de la norma, que con gran talento ha hecho la doctrina más calificada, lleva los conceptos al plano de la abstracción; y está bien que así sea.

Los libros, esto es, la ciencia del derecho, toma al objeto de estudio. Lo separa, lo depura, lo sistematiza, lo analiza y lo critica.

El problema de que el estudiante sólo tenga contacto con ese material es que se pierde le contexto de donde esa norma es tomada. Es estudiar al león sin estudiar la selva, o aprender a tocar jazz sin siquiera escucharlo. Se analiza al objeto de estudio siempre en ese plano de abstracción-separación de la realidad. Sólo aprende a ver la teoría, a repetirla. No logra ver a la realidad a través de esa teoría. Es lo que un profesor regañaba con su anécdota en ésta entrada. donde sus alumnos decían haber estudiado todos los contratos pero no entendían qué ocurría cuando una persona deja un saco en una tintorería.

Las consecuencias de ello no son pocas: se pierde la visión crítica (siempre hay poco tiempo y más normas que aprender, como para andar perdiendo tiempo en debates), se pierde la visión del todo. Se vive analizando árboles sabiendo que cuando uno se recibe trabaja con el bosque completo.

Ningún profesor de música enseña jazz sin enchufarle al pupilo una montaña de discos de Miles Davis o Charlie Parker. Lo contrario sería un sinsentido. Sino, ¿de qué sirve estudiar derecho si uno no lo ve, percibe y comprende?

Pues eso pasa en la enseñanza del derecho (1).

En realidad el combo es más completo: poca imaginación/tiempo/paga/ganas de los docentes, una visión desde el vamos equivocada sobre la enseñanza del derecho y su eterna concepción bélica de la profesión, un alumnado moralmente desganado, un título errado para la carrera y la casi total ausencia de doctrina hecha para el estudiante. Es un panorama bastante fulero, a decir verdad. Pocos son los docentes que logran sobreponerse a eso.

Igual, a no mentir, no todo es culpa de los docentes. A ellos se le impone una estructura, insisto, que lo supera en todo sentido. Ya se le plantea una forma de carrera, un modelo de egresado y una manera de preparar estudiantes que lo precede. Reproduce un modelo equivocado en cuyo diseño no ha participado. El docente —cual teoría agnóstica de la docencia— puede frenar las aguas del modelo abogadil que plantea la universidad, dejando pasar lo mínimo indispensable, complementando con su experiencia la verdadera formación. Pero hasta cierto punto puede hacerlo. Si todo el aparato le juega en contra, no es cuestión de pedirle peras al olmo.

Siempre pienso: uno no no puede estudiar medicina sin meter dedos en un cadáver o jugar con huesitos, pero sí uno puede estudiar derecho cambiario sin ver un cheque o estudiar reales sin ver una hipoteca en una escritura o estudiar procesal sin ver un expediente. Esas cosas que —si uno las cuenta así— suenan ridículas, de hecho lo son.

Hoy estoy feliz por poder trabajar con el derecho (en concepto y en praxis, todo en uno) y ver a la ley de otra forma. Pero eso debería ser la regla y no la excepción. Debería poder ser así en la facultad y no salir a buscarlo en la calle.

No importa qué excusa me den —y dar contraargumentos no es la idea de esta entrada— estoy seguro de que el cambio no es tan difícil de lograr.

Escrito por Tomás Marino en:
http://quieroserabogado.blogspot.com/2009/02/law-in-books-law-in-practice.html

(1) Admito que las falencias casi se diluyen en muchos aspectos del Derecho Público. En el ámbito del derecho penal, en el constitucional, y en parte en los derechos humanos, es más común encontrar una formación más integral. Como sea, siempre la que sale perdiendo por goleada es la hinchada del derecho privado.

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